Información muy importante para el mes de agosto
Queridos hermanos,
Les pido por favor que lean con atención estas líneas. En orden a nuestro crecimiento evangélico y a la comunión diocesana, quiero recordarles la existencia de un decreto normativo en nuestra Arquidiócesis acerca de la comunión de bienes que tiene plenos afectos a partir de agosto. A diferencia de lo que sucede en muchas Diócesis, no se exigen aquí aportes al Arzobispado, o aportes para las obras arquidiocesanas. No obstante, es necesario algún cauce institucional de comunión de bienes (que en la práctica es la forma de comunión más costosa y difícil de implementar). Más allá de las “limosnas” que cada uno individualmente pueda dar, existe un cauce eclesial de comunión que tenemos que vivir como Iglesia local. Mi decisión fue exigir un mínimo, que consiste sólo en un aporte al Fondo común sacerdotal. Este Fondo no se utiliza para necesidades de la Arquidiócesis sino sólo para necesidades de sacerdotes. Además, sólo se usa para necesidades imperiosas de sacerdotes que no tienen cargos rentados ni ingresos fijos (debido a enfermedad, prisión, restricciones canónicas al ejercicio del ministerio, misiones en lugares que no generan ingresos, etc). Por otra parte, aun en estos casos no se cubren estas necesidades sólo con el Fondo común sino que el Arzobispado también colabora (a veces con la mayor parte). Les aclaro que no se ayuda a quien lo pida sino que se lo hace después de un discernimiento en el que intervienen varias personas con su opinión. Ha sucedido que sacerdotes se enferman, necesitan intervenciones que cuestan millones, y aunque nunca han hecho aportes a la Arquidiócesis e incluso han dejado toda su herencia a sus familiares, es la Arquidiócesis la que debe costear todo. Por ejemplo, cuando se excede lo que puede pagar San Pedro, inmediatamente envían la factura al Arzobispado. Lo mismo ocurre en otras situaciones no relacionadas con la salud. El aporte obligatorio al Fondo común es el único cauce de comunión de bienes institucional y el único aporte que se exige a los sacerdotes del Clero diocesano de esta Arquidiócesis. Hasta este momento era opcional, pero como se les anunció un año atrás, a partir de este mes de agosto comienza a ser estrictamente obligatorio para todos los sacerdotes que tienen cargos rentados (capellanías u otros) y suman ingresos por más del equivalente a un salario mínimo. El objetivo es sólo aportar para ayudar a hermanos del propio Presbiterio. Se sugiere un 5% de los ingresos (ni siquiera el diezmo), pero cada uno analizará su situación y sus compromisos para decidir cuál es el aporte que generosamente puede ofrendar. Dice la Palabra de Dios que “Dios ama al que da con alegría” (2 Cor 9, 7) y muchas veces la Biblia promete una lluvia de bendiciones para los que son generosos o aportan su diezmo. Es más, propone, dentro de la Iglesia, “procurar la igualdad” (2 Cor 8, 13). No estamos apuntando tan alto por más que lo diga la Palabra revelada. Sólo estamos estableciendo un cauce mínimo de comunión de bienes. Algunos se quejan cuando, al ser trasladados, ven reducidos sus ingresos. Es algo que puede suceder. De hecho yo ahora estoy ganando 10 veces menos de lo que cobraba como rector de la UCA y mis ingresos son inferiores a los de varios de ustedes. Pero no podemos someter la misión que hemos aceptado a nuestros cálculos económicos. Por más que haya una “cultura eclesiástica” que nos haya acostumbrado a eso como si fuera lo natural y justo, hay que reconocer que no es sano, ni espiritual ni evangélico. Lo mismo vale para esa resistencia espontánea que todos sentimos cuando hay que ofrendar parte de nuestros ingresos. El arrastre de la concupiscencia acecha en todos, pero no conviene confundirlo con la virtud. Pero ese arrastre puede ser vencido con la gracia si colaboramos con nuestra oración y nuestros intentos sinceros. Ya sé que esto suele ser irritante y que no cae bien a nadie, porque lo peor que se puede hacer es tocar el bolsillo. Es verdad que sería mejor para mí evitar hablar de estas cosas para no perder la simpatía de mi clero. Pero entiendo en conciencia que esto es lo que tenemos que hacer, por fidelidad al Evangelio y a las orientaciones de la Iglesia. Y es sólo un “mínimum” comparando con lo que ocurre en otras Diócesis. Para quienes prefieran cumplir esta obligación a través de un depósito o transferencia, esta es la cuenta: Fondo común sacerdotal Cuenta corriente en Pesos 099-003277/1 CBU 0720099120000000327718 También existe una cuenta para una ayuda opcional que puedan hacer las Parroquias para colaborar con las Parroquias más pobres y para la construcción de nuevos templos y capillas. Sería bueno que sus comunidades conozcan esta posibilidad. Esa cuenta es la siguiente: Fondo de ayuda mutua de Parroquias Cuenta Corriente en Pesos 099-007143/7 CBU 0720099120000000714372 Gracias por la comprensión y la buena voluntad. Pido al Señor que les retribuya llenándolos de bendiciones, de fervor apostólico y de bienes en el cielo. Con afecto en Cristo.Víctor Manuel Fernández
Arzobispo
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